Durante el plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a esta publicación, se somete la modificación de la Ordenanza Fiscal de la Tasa de Recogida de Basuras, de la Ordenanza Reguladora de la Limpieza Viaria y Recogida de Residuos, así como la Ordenanza Fiscal del IBI al plazo de exposición pública para examinar el expediente y formular las reclamaciones que se estimen oportunas.
BOP MODIFICACIÓN PROV ORDENANZA FISCAL TASA RECOGIDA BASURAS
BOP MODIFICACIÓN PROV ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE RESIDUOS
BOP MODIFICACIÓN PROV ORDENANZA FISCAL TASA IBI